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Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes SIEE
CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito De aplicación
El presente acuerdo como manifestación de la máxima estancia administrativa de la Institución Educativa NUEVO FUTURO opera en su sede principal que la conforma en los distintos niveles educativos de preescolar, primaria y secundaria.
Artículo 2. Objeto
El presente acuerdo tiene como objeto establecer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) con el propósito de unificar los procesos y criterios formales que regirán el proceso de evaluación de los estudiantes.
Artículo 3. Definiciones
Cuaderno de comunicaciones: Estrategia de seguimiento y control de las comunicaciones para estudiantes y padres de familia con la institución. Es un cuaderno común y corriente que debe portar siempre el estudiante y donde consignará los eventos, informaciones importantes, cambios de horario, comunicados de los directivos y/o de los docentes. Dichas consignaciones deberán ser leídas por los padres de familia y/o acudientes del estudiante y serán refrendadas con la firma de los mismos.
Competencia: Es la capacidad que tiene un estudiante para demostrar que ha adquirido un conocimiento y que puede aplicarlo a una situación determinada. Es saber hacer una tarea en unas circunstancias específicas.
Desempeño: Es el resultado en una actividad académica o convivencial acorde con la competencia señalada.
Logro: Es la meta, el punto esperado de llegada, el punto de referencia de los procesos y el dominio de los conocimientos adquiridos por el estudiante.
Fortaleza: Es el desempeño satisfactorio o la acción positiva que realiza el estudiante para demostrar que ha adquirido un conocimiento, desarrollando una competencia o mejorado un comportamiento.
Dificultad: Es una situación o actitud que impide de manera temporal o permanente, la ejecución con calidad de una tarea, un trabajo, un informe de laboratorio, un ensayo, etc., o el avance de un proceso de aprendizaje o cambio de conducta.
Recomendación: Es la actividad que el docente coloca en cada una de las asignaturas y que el estudiante debe realizar para avanzar en el proceso de aprendizaje y/o para mejorar su comportamiento.
CAPITULO II: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Artículo 4. Criterios de evaluación
A continuación, se enumeran los principales criterios de evaluación dispuestos por el Ministerio de Educación Nacional en el documento Fundamentaciones y orientaciones para la aplicación del Decreto 1290 de 2009. Para obtener más información sobre dichos criterios, ver el enlace web.
https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-187765_archivo_pdf_decreto_1290.pdf
Formativa, motivadora, orientadora, pero no sancionatoria: Utiliza diferentes técnicas de evaluación y triangula información para emitir juicios contextualizados centrada en la forma como el estudiante aprende, sin descuidar la calidad de lo que aprende.
Transparente, continua y procesual: Convoca de manera responsable a todas las partes en un sentido democrático y fomenta la autoevaluación en ellas
Artículo 5. Criterios de promoción – Asistencia
Se establece que la asistencia es un criterio de promoción general para todos los niveles educativos ofrecidos en la institución. Los estudiantes que falten treinta (40) o más días consecutivos o no, de manera injustificada, no serán promovidos al grado siguiente.
Se exceptúan aquellos estudiantes que presenten afectaciones en salud relacionadas con enfermedades catastróficas o similares.
Parágrafo 1: Es deber del estudiante presentar en el cuaderno de comunicaciones u otro documento a cada docente respectivo, la excusa correspondiente debidamente firmada por el acudiente en un término inferior a tres (3) días.
Parágrafo 2: Es deber del acudiente presentarse personalmente en la coordinación para justificar la ausencia del estudiante cuando esta supera los tres (3) días consecutivos.
Parágrafo 3: Por analogía con las enfermedades relacionadas en el artículo 20 del decreto 1470 de 2013, también se tendrán en cuenta otras enfermedades con similares efectos físicos, psicológicos y/o económicos que puedan afectar el normal desempeño del proceso educativo del estudiante.
Artículo 6. Criterios de promoción para Preescolar
El nivel de educación preescolar no se reprobará (Articulo 10, decreto 2247 de 1997). Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales. Para tal efecto, la institución educativa diseñará mecanismos de evaluación cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos que les permitan a los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la formación integral del educando, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.
Parágrafo: Los estudiantes que no cumplan con lo dispuesto en el artículo 5 (Criterios de promoción – Asistencia) del presente documento no serán promovidos y deberán cursar el año nuevamente.
Artículo 7. Criterios de promoción para Básica Primaria y Básica Secundaria
Los alumnos de la Básica Primaria y Básica Secundaria tendrán la oportunidad de avanzar al grado siguiente, cuando:
1. Hayan alcanzado las competencias básicas en todas las áreas y en cada una de las asignaturas del Plan de Estudios del grado que está cursando, con un mínimo de Desempeño básico, según la escala valorativa institucional (artículo 11)
2. Hayan asistido como mínimo al 80% de las actividades académicas.
Artículo 8. Procedimiento para la promoción de los estudiantes:
1. Las comisiones de evaluación y promoción se reunirán después de terminar cada periodo académico, para evaluar los avances de los estudiantes, generar las estrategias de superación de las debilidades y proponer las recomendaciones necesarias a las partes del proceso.
2. En el último periodo académico se realizará la comisión de evaluación y promoción final, donde se revisarán los resultados generales de todos los estudiantes y en particular de aquellos que presentaron dificultades en una, dos o más áreas y/o asignaturas. Adicionalmente se analizará el cumplimiento de los planes de refuerzo por parte de todos los involucrados, los avances obtenidos durante el año escolar, el seguimiento a las recomendaciones realizadas por parte de las comisiones de evaluación y promoción de los periodos cursados; así como los factores familiares y sociales en que se desenvuelve el estudiante y el historial académico, para determinar la promoción o no.
3. Teniendo en cuenta los anteriores aspectos mencionados, la comisión podrá determinar:
a. El estudiante que cumpla con todos los criterios de promoción mencionados en los artículos 3, 4, 5 y 7 (según el caso) deberá ser promovido.
b. El estudiante que presenta dificultad en una o dos asignaturas deberá realizar actividades de recuperación en los tiempos establecidos por la coordinación académica o la comisión al finalizar el año. Si cumple satisfactoriamente dichas actividades por cada asignatura pendiente, deberá ser promovido. Si no cumple con estas actividades o las reprueba, no deberá ser promovido.
c. El estudiante que no alcanza las competencias básicas en tres (3) o más asignaturas, reprueban el grado automáticamente. Estos estudiantes podrán acceder a un plan de mejoramiento con la entrega del informe final para prepararse para la promoción anticipada el año siguiente.
Artículo 9. Promoción anticipada de grado para estudiantes que no fueron promovidos el año anterior:
El estudiante que no fue promovido el año anterior puede, a voluntad expresa del estudiante y de sus padres, solicitar la promoción anticipada de grado, cumpliendo con los siguientes criterios:
1. Presentar un desempeño Alto en todas las asignaturas durante el primer periodo del año actual.
2. Aprobar la evaluación de las áreas y/o asignaturas reprobadas el año anterior.
El procedimiento para la promoción anticipada de estudiantes no promovidos el año anterior es el siguiente:
Solicitud escrita del estudiante con el aval de los padres o representantes legales, a más tardar en la octava semana del primer periodo académico.
A. Aprobación de la solicitud por parte del consejo académico, a la luz de los criterios y reglas de promoción anticipada de grado para estudiantes que no fueron promovidos el año anterior.
B. Presentar y aprobar la evaluación con un desempeño básico en las asignaturas reprobadas el año anterior.
C. Aprobada la prueba, el coordinador envía presenta los resultados al consejo académico que emite el concepto favorable y recomienda mediante acta al consejo directivo la promoción anticipada. En caso contrario, igualmente se deja constancia mediante acta.
D. Con base a las recomendaciones del consejo académico, el consejo directivo mediante acta, promueve al estudiante al grado siguiente.
E. Con base a la decisión del consejo directivo, la secretaria académica de la institución renueva la matricula del alumno en el grado siguiente. Como calificaciones del primer periodo se le asignan las calificaciones de la evaluación de desempeño en las áreas aplicadas.
F. Los docentes de cada área y/o asignatura deberán suministrar al estudiante el Plan de Nivelación. Este plan debe ser diseñado para que el estudiante cumpla con los objetivos de aprendizaje y competencia mínimas que debe tener el estudiante al terminar el primer periodo.
CAPITULO III: ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL
Artículo 10. Escala de valoración institucional para Preescolar
La evaluación se expresará en informes descriptivos para las diferentes dimensiones evaluativas, para determinar la obtención de los resultados en cada una de las dimensiones y de conformidad con los estándares y/o logros de formación y desarrollo que se esperan alcanzar, en la siguiente escala de valoración:
La valoración de las dimensiones se expresará en los siguientes términos cualitativos:
1. Superior: Cuando el estudiante ha alcanzado los logros y las competencias previstas, demuestra excelentes desempeños y es completamente autónomo en su proceso educativo.
2. Alto: Cuando el estudiante ha alcanzado los logros y las competencias previstas, demuestra buen desempeño, pero presenta dificultades y requiere intervención del docente.
3. Básico: Cuando el estudiante no ha alcanzado la totalidad de los logros y las competencias previstas, por lo que presenta dificultades y requiere intervención tanto del docente, psicología y/o de los padres de familia.
Artículo 11. Escala de valoración institucional para Básica Primaria y Básica Secundaria
Para efectos de la valoración de los estudiantes en cada Área y asignatura del Plan de Estudios, se adopta la escala de valoración nacional, así:
La valoración de logros de cada asignatura y comportamiento se expresará en los siguientes términos cualitativos:
1. Superior: cuando supera ampliamente las competencias previstas, sin actividades de refuerzo. Desarrolla actividades curriculares que superan las exigencias esperadas. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.
2. Alto: cuando se obtienen las competencias previstas, con mínimas limitaciones en los requerimientos. No realiza actividades complementarias. Desarrolla actividades curriculares específicas y en algunos casos las sobrepasa. Valora y se esfuerza por promover su propio desarrollo.
3. Básico: cuando obtiene las competencias previstas con o sin actividades de superación y nivelación dentro de los periodos académicos. Tiene algunas dificultades que supera, pero no en su totalidad.
4. Bajo: cuando no alcanza a superar la mayoría de los requerimientos de las competencias previstas. Requiere de actividades de refuerzo y superación y además colaboración de la familia. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.
CAPÍTULO IV: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 12. Estrategias de evaluación para la Preescolar, básica primaria y secundaria.
Las estrategias de evaluación que se aplicarán durante el año lectivo en la institución están enmarcadas dentro de la Planeación de las diferentes asignaturas o áreas.
Durante todo el proceso formativo se aplicarán diferentes estrategias de evaluación que apuntan de forma integral al saber, al hacer y al ser.
A. Evaluación de Procesos Cognitivos (saber): Mediante la recolección de datos por diferentes técnicas y, análisis de los mismos se califica el desempeño de los estudiantes y su nivel de comprensión general.
B. Evaluación de Procesos Praxeológicos (hacer): Se analiza la capacidad del alumno para demostrar las competencias adquiridas, mediante la solución de situaciones problemas.
C. Evaluación de Procesos Axiológicos (ser): Determinación de los valores y principios reflejados cotidianidad de los alumnos: autodisciplina, respeto, responsabilidad, esfuerzo, constancia, honestidad, integridad, justicia, solidaridad, urbanidad, relaciones con los demás miembros de la comunidad educativa y con su entorno natural. Las estrategias de evaluación de este componente serán diseñadas según el capítulo 5to del presente documento (Procesos de autoevaluación de los estudiantes)
ARTICULO 13. Técnicas e instrumentos de evaluación.
En el proceso de evaluación los docentes pueden utilizar diferentes técnicas e instrumentos acorde a sus necesidades y a las características de las actividades planteadas en su estrategia de intervención (secuencia didáctica) y que apuntan al desarrollo de competencias, estas pueden ser:
Parágrafo 1: Las estrategias de intervención y evaluación se adaptan de manera flexible para facilitar la nivelación en el desarrollo de competencias de los estudiantes.
Parágrafo 2: Participación en proyectos pedagógicos: Aquellos estudiantes que voluntariamente participen como líderes en los distintos proyectos pedagógicos, se les asignará una nota valorativa adicional en las áreas/asignaturas correspondientes a las actividades realizadas.
Parágrafo 3: Fraude en procesos académicos: El fraude en cualquier actividad académica, afectará su valoración con nota numérica de uno (1) en dicha actividad, más lo que contempla el manual de convivencia.
CAPITULO V: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR
La Institución establece las siguientes acciones y estrategias de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar:
Artículo 14. Alerta Académica
Estrategia diseñada para aquellos estudiantes que a mitad de cada periodo lectivo no cumplen con un desempeño satisfactorio en la consecución de los logros, competencias o desempeños estipulados hasta ese momento y que por lo tanto el docente establece que debe ser reportado. La estrategia consiste en:
1. Informe al estudiante sobre su situación académica durante el desarrollo del periodo hasta el momento.
2. En los periodos uno (1) y dos (2) el docente enviará al acudiente un formato de alerta de aquellos estudiantes con desempeño académico bajo. Los acudientes deberán devolverlo debidamente firmado y el docente llevará el control del mismo.
3. En los periodos tres (3) y cuatro (4) se hará citación e informe a los padres de familia y/o acudientes sobre la situación académica del estudiante, exponiendo claramente las acciones que llevaron a reportarlo en Alerta Académica para que se involucren activamente en el proceso educativo del joven.
Parágrafo 1: Será causal de sanción, el no llevar el comunicado al acudiente. (Manual de convivencia).
Parágrafo 2: La citación para la reunión de padres familia será entregada por el coordinador.
Artículo 15. Estrategia de superación de las debilidades (Refuerzo)
Estrategia diseñada para aquellos estudiantes que al finalizar cada periodo lectivo no cumplan con un desempeño satisfactorio en la consecución de los logros, competencias o desempeños estipulados durante dicho periodo y que por lo tanto obtuvieron una nota inferior a tres coma cuatro (3.4) en la escala valorativa. La estrategia consiste en:
1. Informe al estudiante sobre los indicadores de logros no alcanzados y/o las competencias o desempeños no completados.
2. Taller elaborado según las debilidades (necesidades) del estudiante y presentado por este, según la programación de la coordinación académica.
3. Sustentación del estudiante mediante una de las estrategias de evaluación diseñadas por la institución y que permitan valorar nuevamente la consecución de los logros, competencias o desempeños.
Artículo 16. Estrategia de recuperación.
Estrategia diseñada para aquellos estudiantes que al finalizar el año no cumplan con un desempeño satisfactorio en la consecución de los logros, competencias o desempeños estipulados durante el año y que por lo tanto obtuvieron una nota inferior a tres coma cuatro (3.4) en la escala valorativa en una o dos áreas. La estrategia consiste en:
1. Informe al estudiante sobre las competencias o desempeños no alcanzados.
2. Taller elaborado según las debilidades (necesidades) del estudiante y presentado por este, según la programación de la coordinación académica.
3. Sustentación del estudiante mediante una de las estrategias de evaluación diseñadas por la institución y que permitan valorar nuevamente la consecución de las competencias o desempeños.
CAPITULO VI: LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA ESTRUCTURA DE LOS MISMOS.
Los informes y/o calificaciones se entregarán a final de cada periodo lectivo (en total cuatro). En ellos se informará los avances de cada estudiante de acuerdo con los indicadores de desempeño definidos en el proceso formativo (Planeaciones), en cada una de las áreas y/o asignaturas. Este informe incluye información detallada de las fortalezas y las debilidades que haya presentado el estudiante en cada una de las áreas y establecerá recomendaciones de mejoramiento. Igualmente, el informe incluirá el total de inasistencias. Estos informes tendrán la escala de numeración cuantitativa como aparece estipulado en el artículo diez (10) del presente documento. El último informe contendrá las notas definitivas en cada área y asignatura con la equivalencia de valoración nacional, así como la promoción o no del estudiante.
ARTICULO 17. Informes de los estudiantes en preescolar
Los informes descriptivos corresponderán a las siguientes dimensiones:
1. Dimensiones Socio-Afectiva
2. Dimensiones corporales
3. Dimensiones Cognitiva
4. Dimensiones Comunicativa
5. Dimensiones Estética
6. Dimensiones Ética
7. Dimensiones Espiritual
ARTICULO 18. Informe de los estudiantes en primaria y secundaria.
Se reportará los desempeños de los estudiantes, mediante informe impreso descriptivo y cuantitativo los avances del educando por áreas, por asignaturas, por grados, en cada uno de los cuatro periodos académicos.
Cuadro de valoración porcentual por áreas, asignaturas y grados:
CAPITULO VII: INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES
ARTICULO 19. Instancias, procedimientos y mecanismos para resolver reclamaciones
El conducto regular para realizar reclamaciones en materia de evaluación, observará las siguientes instancias:
1. Docente del Área/Asignatura.
2. Director de grupo.
3. Coordinación Académica o quien haga sus veces.
4. Comisiones de Evaluación y Promoción.
5. El Consejo Académico.
6. El Rector.
7. El Consejo Directivo.
El Procedimiento para resolver reclamaciones de los estudiantes, profesores o padres de familia se deberá realizar de la siguiente forma:
A. Solicitud verbal, ante la instancia que corresponda y conciliación entre las partes.
B. Solicitud escrita, ante la instancia que corresponda en caso de que no haya solución satisfactoria
C. El Recurso de Reposición, si es el caso, ante una decisión tomada por una instancia, frente a la misma, se deberá presentan en los tres (3) días hábiles siguientes a la determinación.
CAPITULO VIII: MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SIEE
Artículo 20. Procedimiento de modificación del SIEE
La participación de todos los miembros de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en la construcción, crítica y transformación permanente del SIEE, se evidencia en diferentes momentos:
1. El Consejo Académico discute y aprueba una propuesta inicial de SIEE.
2. El Consejo Directivo, el cual está integrado por representantes de todos los estamentos de la comunidad educativa, revisa, debate, corrige y aprueba la propuesta de SIEE enviada por el Consejo Académico.
3. El documento inicial que aprueba el Consejo Directivo es socializado en todos los estamentos de la comunidad académica y sus órganos de representación y es colgado en la página web de la Institución Educativa.
En todo momento, cualquier miembro de la comunidad educativa y cualquier organismo de participación de los distintos estamentos de la comunidad educativa, puede solicitar revisión, análisis, derogatoria, aprobación de nuevos artículos, etc., vía notificación escrita argumentada dirigida a los Consejos Académico y Directivo.
4. Desde el proyecto de Democracia Escolar se convoca permanentemente a los miembros de la comunidad educativa y a sus órganos de representación a la reflexión en torno al SIEE.
5. Todas las reflexiones y propuestas de modificación del SIEE, se someten a consideración del Consejo Académico inicialmente y luego del Consejo Directivo, quien tiene en cuenta las recomendaciones de aquel y es el que en última instancia aprueba o no los cambios propuestos al SIEE.
Artículo 21. Mecanismos de participación de los padres de familia:
1. Inducción inicial masiva al inicio del año (administrativos de la Institución)
2. Asamblea general de padres de familia en cada sede y por grados al inicio del año.
3. Divulgación, socialización, ajustes y observaciones al manual de convivencia Institucional (Es necesario que los padres de familia tengan en físico el manual de convivencia para su conocimiento y uso. Es indispensable que, aparte de estar publicado en la página Institucional se realice una inducción y reinducción del manual de convivencia con los padres de familia).
4. Entrega de resultados académicos.
5. Alertas académicas en los cuatro periodos del año lectivo, para toma de compromisos y entrega de trabajos para la superación de estudiantes con desempeño bajo.
7. Integración de la comunidad en proyectos productivos y proyectos obligatorios
8. Participación en las comisiones de evaluación y promoción por periodo y al final del año escolar.
9. Participación en la legitimación del el SIEE.
Artículo 22. Mecanismos de participación de los docentes:
1. Comisiones de evaluación y promoción durante el año escolar
2. Propuestas de actualización y mejoramiento al consejo académico
3. Participación en la actualización del SIEE
4. Análisis de resultados de pruebas externas para ajustes, adecuaciones al SIEE
5. Implementación de estrategias y recompensas para afianzar desempeños según resultados evaluativos
6. Procesos de evaluación, coevaluación y autoevaluación docente
Artículo 23. Mecanismos de participación de los Estudiantes:
1. Gobierno escolar
2. Procesos de evaluación, coevaluación y autoevaluación de los estudiantes.
3. Participación en el Consejo Estudiantil Institucional.
4. Participación en Comités de Convivencia.
5. Capacitaciones de personeros.
6. Participación en capacitaciones de estrategias preventivas para la mejorar la convivencia escolar.
7. Participación en la legitimación del SIEE
Artículo 24. Mecanismos de participación de los directivos:
1. Dirección y organización de asambleas
2. Participación, construcción y legitimación de las políticas educativas del SIEE
3. Gestión de entidades externas para las capacitaciones académicas a la comunidad educativa
4. Gestión del potencial humano para procesos de auto capacitación en temas académicos.
Artículo 25. Modificaciones del SIEE
Cualquier situación no contemplada en el articulado de la presente disposición con el propósito de adicionarse, modificarse o suprimirse, podrá ser propuesta por los miembros
de la comunidad educativa para ser analizada por el Consejo Académico y para ello se tendrán en cuenta los distintos mecanismos de participación.
Parágrafo 1: Cualquier situación no contemplada en las anteriores disposiciones será recibida, revisada, analizada y resulta por las respectivas comisiones de evaluación por grado y en su defecto, por el Consejo Académico. Se dejará acta de la novedad y se enviará al Consejo Directivo para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 26. Vigencia.
El presente Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes, SIEE, anula las anteriores versiones del mismo. Ha sido estudiado y aprobado por el Consejo Académico en sesión del día 15 de enero de 2019 y entrará en vigencia a partir de la fecha que disponga el honorable Consejo Directivo de la Institución Educativa NUEVO FUTURO.
Dado en Bello a los 15 días del mes de enero de 2019.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CONSEJO DIRECTIVO
INSTITUCIÓN EDUCATIVA NUEVO FUTURO
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